Segmentación de los usuarios
09/09/2022 15:00
Categoría |
Segmento |
C.A.R. |
- Personal de la Armada regulado por el DFL N°1: Oficiales, Personal de Gente de Mar, Tropa Profesional, Empleados Civiles, Personal a Contrata y Personal de la Reserva llamado al Servicio Activo. - Personal afecto a otras leyes: Profesionales Ley 15.076 - Ex - Servidores de la Armada con derecho a pensión Capredena: Oficiales, Personal de Gente de Mar y Empleados Civiles. - Montepiado de personal fallecido en servicio activo o en acto determinado del Servicio. *Los beneficiarios adherentes a la CAR harán extensivo este beneficio a su grupo familiar directo. |
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Personal de Oficiales, Empleados Civiles y Gente de Mar de la Armada en servicio activo y su grupo familiar directo, no adheridos a la Cuota Área Recreativa (C.A.R.).
Oficiales Generales, Superiores y SOM en retiro de la Armada, no adheridos a la Cuota Área Recreativa (C.A.R.). Oficiales y personal en servicio activo o retiro de otras ramas de las FF.AA., Carabineros de Chile y PDI y su grupo familiar directo, que se encuentren bajo la "condición de socio" en sus respectivos servicios de bienestar. Agregados Navales y/o de Defensa acreditados ante el Gobierno de Chile y su grupo familiar directo. Cadetes y Grumetes de las Escuelas Matrices de Oficiales y Gente de Mar.
Personal Civil (Empleados Particulares) Profesional y Técnico S.B.S.A.
Oficiales y Personal de las Fuerzas Armadas extranjeras con convenio con la Dirección de Bienestar y su grupo familiar directo (Argentina, Perú, Brasil y Ecuador).
Oficiales y Personal de las Fuerzas Armadas extranjeras que se encuentren en comisión de servicio en Chile.
Personal Profesional de la D.G.T.M y M.M.N.
Personal de Oficiales, Empleados Civiles y Gente de Mar de la Armada en servicio activo que estando en comisión su reserva sea solicitada y cancelada por determinada Unidad o Repartición.
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2 |
Personal Civil (Empleados Particulares) Profesional y Técnico no perteneciente al S.B.S.A. Oficiales y personal en servicio activo o retiro de las FF.AA., Carabineros de Chile y PDI y su grupo familiar directo, que no estén bajo la "condición de socio" en sus respectivos servicios de bienestar. Familiares no pertenecientes al grupo familiar directo de los Oficiales y Gente de Mar en servicio activo y en retiro de la Armada. Oficiales y Personal de Fuerzas Armadas extranjeras y su grupo familiar, de vacaciones en Chile, sin convenio con la D.B.S.A. Montepiadas del personal de Oficiales, Empleados Civiles y Gente de Mar de la Armada. |
3 |
Civiles invitados, patrocinados por algún miembro de la Institución. Cualquier otra persona que no se encuentre expresamente indicada en los segmentos anteriores. |
La solicitud de reserva deberá ser efectuadas por:
a) El servidor en servicio activo de la Armada o su cónyuge.
b) El servidor en retiro de la Armada.
c) Los servidores de las demás Ramas de la Defensa y Carabineros de Chile.
Las reservas se podrán efectuar:
a) En forma directa en el Centro de Beneficio o al Departamento de Bienestar Social de la Zona correspondiente,
b) En forma personal en cada instalación, o
c) A través de medios telefónicos, fax o mensajes navales.
Asignación de dependencias
La asignación de habitaciones, cabañas, sitios de camping y otras dependencias, se hará exclusivamente por orden de inscripción o solicitud, sin importar el orden de precedencia o antigüedad en la Institución.
Anulación de Reservas
En los períodos de alta demanda, las reservas efectuadas por el personal podrán ser anuladas por el usuario hasta con 48 horas de anticipación a la fecha de inicio de ocupación reservada inicialmente.
La anulación de la reserva deberá solicitarse al Encargado del Centro de Beneficio o al Departamento de Bienestar Social correspondiente vía teléfono, fax o mensaje naval.