Funeraria Naval y Mausoleos Institucionales

Funeraria Naval

Dirección: Colón 3150 Valparaíso

Contacto:

                  Teléfono: 32 2 256291

                 Número de emergencia: 9 32469959

                 Directoras en terreno: 9 31879318/ 9 34682311

Servicios:

  • Diferentes tipos de urnas
  • Capilla Ardiente 
  • Carroza 
  • Vehículo de acompañamiento tipo Van con capacidad para 7 personas
  • Servicios de traslado a regiones con cobro por Km. o en su defecto vía aérea.
  • Repatriaciones y tramitación de cumentación con Seremi de Salud. 
  • Servicio de cafetería, arreglo floral, cinta, obituario virtual y memoria. Como servicio dicional publicació en diarios nacionales. 
  • Trámite y documentación legal con el objeto de efectuar los funerales a la fecha y hora requerida. (Certificación médica 24/7 para certificado de defunción) 
  •   Coordinación y preparación de documentación para a cremacón si los dedos lo requieren. 
  • Tratamiento preventivo del cuerpo (estética)
  • Unidad médica disponible 24/7 para emisión de certificado médico de defunción, en el caso que el fallecido se encuentre en el doicilio o casa de reposo (sólo para Quinta Región y Metropolitana)
  • Unidad de apoyo psicológico en el duelo (terapias individuales y grupales) sólo para región Metropolitana y de Valparaíso con atención en respectivas oficinas regionales.

* Oficinas Viña del Mar: 5 Oriente 345 y Valparaíso: Colón 3150, para solicitar este servicio debe comunicarse con Srta. Sugey Divas Márquez, teléfono: 9-31879318.

 Personas que tienen derecho al Servicio Funerario:

  • Todo personal en servicio activo y  su grupo familiar directo representado por un servidor naval.
  • Todo personal en retiro (pensionado de la Armada)  y a su grupo familiar directo representado por un servidor naval en retiro.
  • Montepiados y sus familiares directo.

 Procedimiento para requerir el servicio:

  • Concurrir al servicio o en su defecto llamar a los teléfonos móviles indicados.
  • Elegir la urna y los servicios especiales.
  • Asesoría a los deudos sobre sepultación y trámites en el cementerio.
  • Se establecerá el horario de traslado y funeral.
  • Todo lo anterior se consignará en un contrato de servicios
  • Los deudos deben ir premunidos de la siguiente documentación:
    1. Certificado médico tratante si falleció en el domicilio.
    2. Certificado del centro hospitalario donde se produjo el deceso.
    3. Certificado del  médico legista si falleció en un accidente o muerte no natural.
    4. Libreta de matrimonio o familia.
    5. Tarjeta de Identidad Naval si es servidor activo y últimas papeletas de pago del deudo en caso de personal en retiro o montepiado.
    6. En casos especiales deberá incluirse además el certificado de autorización del Juez correspondiente, para los efectos de autopsia del cadáver.
  • Se facturará por los siguientes servicios prestados:
1. Valor urna.
2. Servicio de carroza.
3. Traslado de restos.
4. Capilla ardiente.
  • El servicio se puede cancelar: al contado o a crédito vía mecanizado (12 cuotas sin interés para personal en servicio activo), con tarjeta de crédito  y/o cheque al día (30 y 60 días). 
  • Existe costo adicional al valor del servicio para aquellos casos en que se solicite el desplazamiento de carroza fuera de la región (cobro por kilometraje) o vía aérea. 

 

Mausoleos Navales Valparaíso y Playa Ancha
 El Departamento de Bienestar Social de Valparaíso cuento con Mausoleos en los siguientes  cementerios:
  • Para Oficiales en el Cementerio N°2 Cerro Cárcel con 66 nichos (disponibles 28) y 108 nichos de reducciones (disponibles 45)
  •  Para Personal de Gente de Mar en el Cementerio N°3 Playa Ancha con 156 (disponibles 73) en bóveda N°1 y 230 (disponibles 111) nichos en la bóveda N°2.
Tienen derecho a sepultación y a permanecer en los mausoleos:
  • El personal en servicio activo y el prsonal en retiro con derecho a pensión.
  • El derecho a ocupación de nichos en los mausoleos de la Institución es temporal.
Tiempo de Permanecia 
  • Sepultación temporal por 10 años: Todo el personal fallecido en servicio  activo o en retiro.
  • Sepultación perpetua: Todo el personal fallecido en servicio y en acto determinado del servicio.
  • Solicitar y legalizar los documentos correspondientes en la Administración de los Cementerios, cancelando los derechos arancelarios.
  • Esto deberá hacerlo un familiar directo, quien debe cumplir con todas las reglamentaciones civiles y del Servicio de Salud.
  • En casos especiales y calificados, en que los retiros no puedan efectuarse, se deberá reducir los restos y dejar en nichos de reducción por un período de 5 años. Para esto se dará aviso a los familiares por intermedio de la prensa local durante 3 días.
  • Pese a ser la duración de 10 años en nichos temporales, la Comandancia en Jefe de la Primera Zona Naval, puede ordenar la reducción, si la capacidad de la bóveda así lo requiere, informando de esto a los familiares directos.
  • Todas las sepultaciones y traslados de restos deberán ser autorizados por el Jefe del Departamento de Bienestar Social de la Primera Zona Naval.