Cámara de Diputados aprueba proyecto que crea autorización para el funcionamiento de jardines infantiles
La iniciativa contempla mayores requisitos para el funcionamiento de jardines infantiles y salas cuna. Loreto Mondaca
22/07/2013 10:43Fuente: http://www.educacion2020.cl
Este jueves 18 de julio fue aprobado el proyecto de ley que crea autorización para el funcionamiento de jardines infantiles por 67 votos.
El proyecto, enviado por el Ejecutivo, plantea que sea el Ministerio de Educación el que otorgue una autorización de funcionamiento a todos los centros educacionales que atiendan niños desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, tanto públicos como privados.
Estarán exentos de esta autorización aquellos establecimientos educacionales que se encuentren reconocidos oficialmente por el Estado o los jardines infantiles comunitarios.
Entre las exigencias que contempla el proyecto están: acreditar que el local cumpla con las normas mínimas de planta física que establezca el reglamento, disponer de mobiliario y equipamiento mínimo, un proyecto educativo, un reglamento interno que incluya políticas de prevención, medidas pedagógicas y protocolos de actuación ante conductas que constituyan falta a la seguridad de los niños y a la buena convivencia, tales como abusos sexuales y maltrato infantil.
Otro requisito será contar con el personal idóneo y debidamente calificado y que no haya sido condenado por drogas y delitos contra menores.
El incumplimiento de estos requisitos se encontrará sujeto a sanciones que serán aplicadas por la Superintendencia de Educación, instancia encargada de fiscalizar (actualmente es la Junji). Entre las sanciones, se establece la inhabilidad de ejercer de aquellas personas o representantes legales de instituciones que no hayan observado el cumplimiento de los requisitos.
Aportes de Educación 2020
El 10 de junio, Mario Waissbluth, Coordinador Nacional de Educación 2020, expuso ante la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados la postura oficial de la Fundación (ver presentación).
En esa ocasión, Educación 2020 destacó que este proyecto constituía en un avance, pero que era necesario mejorar los siguientes puntos.
- El proyecto de ley requiere establecer los criterios sobre los que se basará el reglamento que regulará los coeficientes técnicos de atención. Dichos coeficientes debieran estar orientados por criterios de calidad y debiera resguardarse que sean aplicados exactamente igual, independientemente de la modalidad o institución que provea el servicio.
- Calificar los requisitos solicitados para que estén en línea con la búsqueda de calidad: No basta con pedir un proyecto educativo, es necesario señalar las características que lo hacen pertinente. Lo mismo ocurre con el personal idóneo, donde también es necesario señalar cuáles son esas características. Idealmente estos criterios deberían estar vinculados a los esfuerzos realizados con la prueba INICIA y con el eventual establecimiento de una Carrera Docente en este nivel educativo.
- Vincular los requisitos que establece este proyecto, para que los jardines comiencen a funcionar con los que se fiscalizarán después cuando ya estén funcionando (que eventualmente también podrían ser parte de este proyecto de ley) y con los que la Agencia promoverá, para la búsqueda de calidad.
- Evaluar el artículo transitorio de las agencias. Es necesario especificar los criterios con los que funcionará. Queda la duda de cuán necesarios son, porque de todas maneras se tendrán que preparar equipos para cumplir estas tareas.
Gracias a los aportes de Educación 2020, otras Fundaciones y organizaciones sociales, y de los propios diputados y diputadas, el proyecto mejoró con respecto al texto original. Concretamente se avanzó en los siguientes puntos:
- Se especificaron los requisitos que debía cumplir el proyecto educativo: Contar con un proyecto educativo institucional que incluya los antecedentes de la institución, la definición de las características del establecimiento; la finalidad educativa expresada en la misión, visión y valores sustentados; y, el curriculum pedagógico adaptado por el establecimiento.
- Se especificaron también las características del profesional idóneo: Tratándose del personal docente, se entenderá idóneo al que cuente con el título profesional de educación o licenciatura del respectivo nivel de al menos ocho semestres, de una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste.
- Se logró instalar que los requisitos de la autorización se sigan revisando cuando los jardines ya estén funcionando: la Superintendencia de Educación será el encargado de fiscalizar la mantención de los requisitos que dieron origen a la autorización de funcionamiento de los jardines infantiles.
Un punto que como Educación 2020 consideramos importante mejorar es la especificación de los criterios de los requisitos o criterios del reglamento que regirán los coeficientes de atención.
El proyecto ahora se encuentra en su segundo trámite legislativo y pasará al Senado.